Expediente pasó a otra de las salas del Tribunal Superior de Bogotá que deberá evaluar impedimento. 

Al Tribunal Superior de Bogotá acaba de llegar el concepto de la Procuraduría General en torno al recurso de queja que presentó la defensa del expresidente Álvaro Uribe contra la juez Sandra Heredia, que lleva su caso por presunto fraude procesal, soborno en actuación penal y soborno.  

​La queja está relacionada con la nulidad que la defensa del expresidente -en cabeza del penalista Jaime Granados- pidió antes de que se entrara a hacer la acusación formal en contra del exmandatario. Granados solicitó que se anulara todo lo actuado dentro del expediente desde la imputación, alegando violaciones al debido proceso.

Sandra Liliana Heredia Aranda, jueza del caso Uribe. 

Según la defensa de Uribe, la juez del caso negó la anulación y la apelación de la misma en 57 minutos sin que se le diera el trámite correspondiente.

Los hechos ocurrieron en el marco de la audiencia de acusación adelantada por el Juzgado 44 Penal del Circuito de Bogotá, cuando la juez señaló que las pretensiones de la defensa «resultan ostensiblemente infundadas (…)» y se imponía el deber de rechazarlas de plano para velar por la celeridad de las audiencias.

Y añadió: “Por tal virtud, y como quiera que se acreditó la solicitud de nulidad invocada por la defensa técnica de Álvaro Uribe Vélez, coadyuvada por el delegado del Ministerio Público y por el mismo procesado, es absolutamente improcedente, se impone su rechazo de plano, decisión contra la cual no procede recurso alguno”. 

La queja de la defensa

Bladimir Cuadro Crespo.

Tras la decisión de la togada, la defensa del expresidente instauró una queja formal ante el Tribunal Superior de Bogotá que llegó al despacho de Carlos Andrés Guzmán, magistrado de la Sala de Decisión Penal.

​Sin embargo, EL TIEMPO conoció en primicia que la sala de la que hace parte el magistrado Guzmán se acaba de declarar impedida por haberse pronunciado con anterioridad dentro del mismo tema, en septiembre de 2023.

Así las cosas, el proceso se remitió a la secretaría general del alto tribunal y pasó al despacho del magistrado Manuel Antonio Merchán para que se evalúe el impedimento y  se decida en manos de quién queda.

El concepto de la Procuraduría

En el traslado del caso va un concepto que la Procuraduría ya rindió sobre la queja de la defensa.

Viene firmado por Bladimir Cuadro Crespo, procurador tercero delegado para la Investigación y Juzgamiento penal, quien hace las veces de Agente Especial del Ministerio Público dentro dentro de esa actuación.

Según Cuadro Crespo, «el Ministerio Público encuentra que el recurso de queja propuesto por la defensa del acusado se encuentra procedente y respeta las garantías fundamentales tanto del procesado como de los demás sujetos procesales«.​

¿Qué sigue ahora?

​Para el procurador, «los argumentos esgrimidos en la decisión judicial objeto de
recurso, son de naturaleza sustancial mas no de una orden propia de impulso procesal».

Y agrega que si bien ya previamente había sido objeto de cosa juzgada constitucional, «se resalta la importancia que tiene el denunciar la vulneración de garantías fundamentales del procesado en los momentos procesales adecuados como lo es la acusación en este caso«, dándole la razón a la defensa de Uribe.

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